El abogado Marino Fernández, encargado de la agencia regional de aporte obrero patronal del IPS en Villarrica recordó que desde el 1 de junio se exigirá el examen médico admisional para la inclusión de nuevos asegurados.
El Instituto de Previsión Social por Resolución C.A. N° 099-022/16 aprobó el reglamento que establece la presentación del examen médico admisional de los trabajadores a cargo de los empleadores. Esta medida afecta únicamente a los nuevos inscriptos al seguro social del IPS que regirá desde el 01 de junio del 2017.
El presente reglamento se aplica a todos los empleadores/patronales y a todos los trabajadores inscriptos ante la Dirección de Aporte Obrero Patronal del IPS. Es obligación del empleador la presentación del certificado médico desde la vigencia del reglamento comunicar al instituto la entrada de un trabajador a la iniciación de tareas y solicitar la inscripción del mismo en el seguro social.
El empleador dispondrá de 90 días luego de la inscripción del trabajador para la presentación del certificado médico ante la Dirección de Aporte Obrero Patronal donde conste la patología preexistente que afecta al postulante especificando si la misma tiene su causa en enfermedades comunes o accidente de trabajo y/o enfermedad profesional.
En su caso se acompañará el correspondiente historial clínico. El costo del certificado médico está a cargo del empleador.
La Dirección de Aporte Obrero Patronal luego de registrar el cumplimiento por parte del empleador de la presentación del certificado médico remitirá los antecedentes a la Dirección de Riesgo Laboral y Subsidios.
En caso de incumplimiento se deberá aplicar la multa establecida equivalente a la suma de guaraníes quince mil (G. 15.000) por día en concepto de multa por omisión de informar datos a la institución a ser aplicada por cada día de atraso en la provisión de dichos datos, multa que deberá impactar automáticamente en la planilla de pago de aportes de la patronal hasta que se dé cumplimiento a lo requerido al reglamento establecido.
La Junta Médico-Laboral podrá requerir al empleador la presentación de otros análisis laboratoriales, imágenes y estudios médicos.