Culminó en la fecha el juicio al administrador de la Essap Villarrica, Lic. Ever Godoy Sánchez, el mismo fue absuelto de culpa y reproche por la contaminación cauces hídricos, el mismo había sido imputado por la Fiscalía del Medio Ambiente por «procesamiento ilícito de desechos e incumplimiento de medidas de mitigación».
El abogado defensor Fabio Ramos dijo que el tribunal de sentencia hizo lugar a la falta de acción planteada por la defensa técnica, por que el Lic Ever Godoy no era la persona indicada contra quien dirigir la acusación por parte del Ministerio Público, por que aquí se estuvo juzgando actuaciones que se le atribuyen al señor Ever Godoy en su carácter de administrador de la Essap dentro del contexto de lo que es una persona jurídica.
Ramos explicó que en el fuero penal las personas jurídicas, que son de existencia abstracta no pueden ser sometidos a un juzgamiento penal, solamente aquellos que son sus representante legales, que consta dentro de un mandato jurídico. O sea deberían ser los representantes del consejo directivo, especialmente el presidente de la Essap. «Aquí en ningún momento se le involucró al presidente de la Essap, solamente la acción fue dirigida en contra del señor Ever Godoy lo cual es totalmente incorrecto» afirmó.